Asociación de Víctimas del Golpe del 11 A (ASOVIC) contra posible indulto para autores de masacre de Puente Llaguno
Ante las solicitudes expresadas por voceros de la derecha
Reproducimos a continuación el texto del comunicado:
La Asociación de Víctimas del Golpe de Estado del 11 A (ASOVIC)
Ante la discusión sobre la posibilidad de Amnistía o Indulto para los autores
de la masacre de Puente Llaguno y de otros crímenes de lesa humanidad
El Diálogo no puede ser al precio de la Impunidad
Los llamados a “dialogo” y a la “reconciliación” por parte de voceros de
la oposición, se han exacerbado ahora, con ocasión del estado de salud
del Presidente de la República. Insisten en la “absolución” o la
“amnistía” de supuestos “presos políticos”, varios de los cuales fueron
privados de libertad por la comisión de crímenes de lesa humanidad.
Representantes de la oposición han presentado la solicitud ante el
gobierno nacional y ha habido conversaciones con ellos, pero las
víctimas sobrevivientes, las viudas y viudos, los huérfanos y huérfanas,
los heridos e incapacitados de por vida, como consecuencia de esos
“episodios”, que motivaron el juzgamiento, las sentencias condenatorias,
las ordenes de aprehensión… no han sido convocadas a consulta para el
conocimiento de su parecer. Algunos de los victimarios pagan sus delitos
en la cárcel; otros permanecen recluidos en sus domicilios, por
razones de salud y otros autores de gravísimos delitos contra los
derechos humanos, disfrutan, impunes, de exilios dorados, tras haberse
dado a la fuga para eludir la justicia. En favor de estos aviesos
personajes, abogan hoy los voceros de la derecha y sus aliados
internacionales, invocando la Navidad o cualquier otro pretexto.
El terrorismo de Estado y las violaciones de derechos humanos no admiten “reconciliación”
Quienes utilizaron el terrorismo de Estado durante los años de la IV
República y luego conmocionaron los cimientos democráticos del nuevo
Estado Venezolano, con las asonadas del año 2002, pretenden, sin
arrepentimiento, obtener el perdón de las terribles y monstruosas
ofensas, cometidas contra los derechos humanos de una larga lista de
venezolanos y venezolanas, víctimas de masacres, muertes selectivas y
atentados. Quieren que se perdone a los asesinos de las víctimas del
golpe del 11 de abril, a los asesinos de Danilo Anderson… pero ellos no
le perdonan a Chávez y al pueblo venezolano su revolución; hecho por el
cual intentaron imponer su sangrienta venganza, cuando desconocieron la
Constitución y persiguieron al legítimo gobierno, así como al pueblo que
salió a defenderlo. Por lo que consideramos oportuno hacer este
manifiesto público a fin de que tanto las autoridades del estado
venezolano, así como el pueblo en general conozca por qué en algunos
casos de los llamados “emblemáticos” por la oposición no es
constitucional ni legalmente procedente ni la amnistía ni el indulto.
Respeto por la Constitución y por las víctimas
La Constitución de la República Bolivariana del Venezuela (1999), recoge
la experiencia histórica del pueblo venezolano y latinoamericano, que a
lo largo de décadas abogó por el reconocimiento, el respeto y la
protección a los derechos humanos, especialmente cuando en nuestro
pasado reciente, durante las décadas de los 60, 70, 80 y 90, el
movimiento estudiantil y en general, el movimiento popular y sectores
revolucionarios, fueron víctimas de prácticas como la desaparición
forzada, la tortura, los juicios sumarios por ante la jurisdicción
militar, los asesinatos selectivos y las masacres, entre muchas otras
practicas abominables y aborrecibles por el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos.Por ello, el constituyente, en el marco del proceso de refundación de la República, le otorgó preeminencia a la protección de estos derechos. Se penaliza severamente la comisión de estos gravísimos delitos, a través de las leyes penales respectivas, y se deja bien clara, en sintonía con la norma constitucional establecida en el artículo 29, la imposibilidad del otorgamiento de beneficios procesales y otros mecanismos tales como leyes de indulto y amnistía, que procuren la impunidad de los mismos. Igualmente, se nutre de la experiencia latinoamericana, donde las pretensiones de silencio y olvido han sido rechazadas, no solo por los ordenamientos jurídicos internos, sino también por los regionales de Protección de los Derechos Humanos, así como de los pueblos que han sido víctimas de tal flagelo, en cuya experiencia reciente ha proliferado la conformación de comisiones de la verdad para investigar graves violaciones a los derechos humanos encubiertas por regímenes militares o de corte civil, represivos, imperantes en décadas pasadas. Venezuela ha sido parte de esta iniciativa, con la promulgación de la “Ley para sancionar los crímenes, desapariciones, torturas y otras violaciones de los Derechos Humanos por razones políticas en el periodo 1958-1998”.
Casos en los cuales se encuentra negado constitucional y legalmente el otorgamiento de amnistía e indultos
En ese contexto, vale la pena enumerar algunos de los casos en los
cuales se encuentra negado constitucional y legalmente el otorgamiento
de amnistía e indultos, así como cualquier medida y o beneficio que
conlleven a la impunidad burlando la ley.Casos como la Masacre de Puente Llaguno, ocurrida el 11 de abril de 2002, previa planificación y concierto de la oposición, que buscaba deponer por la fuerza al gobierno constitucional, ocasionando cientos de heridos y varias decenas de muertos. También, recordamos el terrorífico asesinato del fiscal Danilo Anderson, que llevaba adelante investigaciones relacionadas con el golpe de Estado.
No olvidamos las masacres del Liceo Sanz, La Victoria, Cantaura, Yumare, El Amparo, El Caracazo; las desapariciones forzadas, como los casos de Alejandro Tejera Cuenca, Víctor Soto Rojas, varios miembros de la familia Petit, entre tantos otros, de los aproximadamente 3.000 crímenes que se han documentado en las investigaciones sobre las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en el mal llamado “período democrático”.
La Constitución y la Jurisprudencia hacen imposible la
pretensión de amnistía o indulto para los autores de la masacre de
Puente Llaguno
El mencionado articulo 29 constitucional establece en forma inequívoca y
categórica: “… las violaciones de los derechos humanos y los delitos de
lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales
ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan
conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía”.En el caso de la masacre de Puente LLaguno, y los delitos antes enumerados, a los cuales nos referimos a titulo enunciativo y no taxativo; la sentencia firme, mediante la cual se condenó a los responsables de los asesinatos acaecidos en el centro de Caracas, el 11 de abril de 2002, estableció un significativo precedente al incluir en su parte dispositiva que la actuación de los funcionarios de la Policía Metropolitana (quizás los más activos en la solicitud de amnistía e indulto) incurrieron en graves violaciones a los Derechos Humanos, y mucho tiempo antes ya habían sido calificados estos hechos como graves violaciones a los derechos humanos por la Sala Constitucional del TSJ mediante sentencia Nro. 05-1899 de fecha 13-04-2007, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, por lo que a todas luces, habiendo sido declarada tal circunstancia mediante sentencia definitivamente firme, hace imposible la pretensión de amnistía o indulto de los funcionarios hoy privados de libertad: En idéntica circunstancia se encontrarían los responsables de los crímenes contra los derechos humanos en la IV República. Ha sido gracias a la tenacidad, consecuencia y perseverancia de los familiares y amigos de las víctimas, que se promulgó la ley antes mencionada. Este instrumento legal quedaría como letra muerta de producirse una decisión que acordase la amnistía o el indulto de tales casos.
El ánimo que mueve a quienes suscribimos este texto no es la venganza ni la retaliación, sino las ansias de que en nuestra patria, enrumbada por un proceso de cambio no vuelva a atravesarse la impunidad en la consecución de la justicia, como uno de los factores que nuestro Libertador señaló cuando analizaba las causas de la pérdida de la Primera República: “a cada conspiración sucedía un perdón y a cada perdón sucedía otra conspiración”.
Inscribimos este manifiesto en el marco del proceso de unidad convocado por el Presidente Chávez, el cual indefectiblemente pasa por escuchar a todos los sectores del pueblo que puedan resultar afectados por medidas gubernamentales, máxime si estos sectores han regado con sangre el suelo venezolano en la defensa del proceso revolucionario.
ASOVIC
Comentarios
Publicar un comentario